¿Cómo constituir una Sociedad Limitada?

En este artículo te explicamos de forma sencilla cómo constituir una Sociedad Limitada (SL).

Existen multitud de formas jurídicas a las que acogerse a la hora de constituir una sociedad, pero las características de la SL hacen que sea la fórmula más recomendable, además de su rápida constitución y coste. Si has llegado hasta aquí es porque tienes claro que la estructura societaria en la que quieres constituir será la Sociedad Limitada (SL).

Los trámites para constituir una Sociedad Limitada se pueden convertir en algo tedioso y sumamente complejo si no tenemos un mínimo conocimiento sobre la materia. Si te has decidido a crear tu propia empresa, hemos redactado este breve artículo a modo de guía para que puedas conocer, aunque sea mínimamente, cómo crear una Sociedad Limitada.

Constituir una sociedad limitada

A continuación, os explicamos, de forma clara y sencilla, los pasos y requisitos para la constitución de una Sociedad Limitada.

1. Solicitar certificado de denominación social

Cómo no podía ser diferente, lo primero que tendrás que hacer es elegir un nombre para tu empresa. Una vez elegido, necesitarás un certificado del Registro Mercantil Central que acredite que no existe ninguna empresa con la misma denominación.

Para ello entra en la página del Registro Mercantil Central (DENOMINACIONES SOCIALES (rmc.es)), y solicita el certificado negativo de denominación social por vía telemática. El coste de este trámite es de 15,94€.

¿Qué necesitas tener en cuenta?

  • Tendrás que indicar 5 posibles nombres para tu empresa, ordenados por preferencia. ¡OJO!: no todos los nombres están permitidos, conoce más al respecto: INFORMACIÓN DENOMINACIONES SOCIALES (rmc.es)
  • El interesado o beneficiario de la certificación ha de ser uno de los fundadores.
  • El certificado tiene una validez de tres meses a efectos de otorgamiento de escritura. Este periodo es renovable por tres meses más. Transcurridos estos seis meses de reserva sin haber sido utilizado, el nombre vuelve a estar disponible para cualquiera.

2. Certificado de aportación de capital

Una vez dispongamos de la denominación social, procederemos a abrir una cuenta bancaria a nombre de la empresa y en ella ingresaremos el capital inicial de la sociedad.

El importe del capital inicial a aportar dependerá de las necesidades y características de cada compañía, pero has de tener en cuenta que, como mínimo, deberás aportar 3.000€ para constituir una SL, pues es el mínimo legalmente permitido.

 No obstante, la Ley de Sociedades de Capital establece que también puede constituirse mediante aportaciones no dinerarias. Es decir, bienes o derechos patrimoniales susceptibles de valoración económica. Si has decidido constituir mediante aportación de bienes, deberás indicar qué bien se aporta, así como la valoración del mismo.

Con esto, el banco nos emitirá un certificado de aportación de capital, que necesitaremos para firmar la escritura de constitución en una notaría.

Ten en cuenta que este dinero que hemos aportado se quedará retenido hasta que tengamos la escritura de constitución firmada y registrada en el Registro Mercantil correspondiente.

3. Redacción de los Estatutos Sociales

Los Estatutos Sociales son el conjunto de normas internas que rigen el funcionamiento de la sociedad y se incorporarán a la escritura pública de constitución.

Por suerte, este trámite se ha simplificado mucho si se utilizan los estatutos simplificados tipo. Pero, si tu empresa necesita de una cierta personificación o regulación específica, es recomendable delegar esta tarea a un especialista o a la propia notaría, debido a la complejidad de esta.

Los estatutos sociales tienen que contener una serie de apartados mínimos como son: la denominación social, en la que deberá figurar la expresión “Sociedad de Responsabilidad Limitada”; el objeto social, que será la actividad a la que se va a dedicar la sociedad; el domicilio social; el capital social, indicando las participaciones en las que se divide, el valor nominal de cada participación y la numeración de las mismas; y el sistema de administración de la sociedad, entre otros.

4. Escritura Pública de constitución

Una vez llegado a este punto, deberás fijar cita con la Notaría escogida para firmar la escritura pública de constitución de la sociedad. El precio del trámite depende del lugar en el que vivas, pero suele estar en torno a los 300-500 €.

¿Qué documentos me solicitarán en la notaría?

  • Certificado Negativo de Denominación social del Registro Mercantil Central
  • Certificado bancario de aportación de Capital social o inventario de bienes
  • Estatutos sociales
  • Identificación de socios (DNI/NIE/escritura) y órgano de administración

5. Liquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales

En un plazo de 30 días a contar desde el otorgamiento de la escritura, deberás presentar y liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentales en su modalidad de Operaciones Societarias (Modelo 600).

Dicho impuesto está exento en la operación de constitución de sociedades. Pese a estar exento, esta operación está sujeta, por tanto, deberás presentarlo pese a que no pagarás nada por ello.

#Curiosidad: antiguamente, la constitución de una sociedad tributaba en el ITPAJD en un 1% del capital social! Con la aprobación del Real Decreto-ley 13/2010, de 3 de diciembre, estas operaciones quedaron exentas.

6. Solicitud CIF provisional

Tras la firma de la escritura de constitución, deberás solicitar a Hacienda el Número de Identificación Fiscal (NIF) provisional.

Para ello deberás presentar el modelo 036 debidamente cumplimentado, la fotocopia del DNI del firmante y copia de la escritura de constitución firmada.

Hacienda te asignará un NIF provisional que tendrá una validez de 6 meses, mientras gestionas lo necesario para tramitar el definitivo.

#Consejo: este trámite, junto al registro de la escritura es mejor que lo delegues en la notaría. ¡El coste es mínimo, y te evitas quebraderos de cabeza!

7. Inscripción en el Registro Mercantil

Una vez firmada la escritura y solicitado el NIF provisional, el siguiente paso es inscribir la sociedad en el Registro Mercantil de la provincia en la que hayas fijado el domicilio social.  Para ello deberás aportar:

  • Copia auténtica de la escritura de constitución
  • Certificación negativa de denominación social
  • Impuesto Sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados liquidado
  • Copia del NIF provisional

La inscripción al RM debe formalizarse en el plazo de dos meses desde la firma de la escritura de constitución.

8. Obtención NIF definitivo

Una vez la sociedad está inscrita en el Registro Mercantil correspondiente, el último paso es solicitar la Tarjeta de Identificación Fiscal definitiva. Para ello, deberás presentar de nuevo el modelo 036 en Hacienda, solicitando el NIF definitivo.

9. Alta de la actividad económica

Con los pasos anteriores ya tendríamos constituida la sociedad, pero, si queremos ejercer la actividad como tal, aún nos queda algún trámite.

Lo primero que tendremos que hacer es dar de alta la actividad en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).

El IAE es un tributo local que grava la actividad de la empresa (y profesionales). Para ello, será necesario presentar el modelo 840 en la Administración Tributaria correspondiente al lugar donde se ejerce la actividad.  Lo más común es que estés exento de pagar este impuesto, pues solo deben tributar aquellas empresas cuya cifra de negocio es inferior a 1.000.000 de euros al año, por lo que, tras constituir la sociedad, difícilmente tendrás que realizar este paso. En su lugar, deberás presentar declaración censal (modelo 036) a Hacienda indicando el epígrafe al que te acoges.

10. Otros trámites

Además de estos pasos, si quieres iniciar la actividad deberás de completar el alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos del administrador, o aquel que vaya a gestionar la sociedad.

Si quisieras contratar trabajadores, deberás solicitar el número de patronal.

Además, si la actividad se ejerce en un local determinado, necesitarás solicitar la Licencia de Apertura.

CONTÁCTANOS

Como has podido ver, constituir una sociedad limitada, se trata de un proceso que no es excesivamente complejo, pero requiere de varios trámites en diferentes organismos.

¿Te ayudamos? Y, por descontado, si quieres que te acompañemos en todo el proceso (o que lo tramitemos por ti), no dudes en ponerte en contacto con nosotros, ¡estaremos encantados de ayudarte a iniciar tu proyecto!

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